Si usted es propietario de uno o varios bienes inmuebles y quiere ponerlos en alquiler, debe tener en cuenta que estas propiedades deberán tener un certificado energético, ya que el Real Decreto 235 de España declaró que a partir del año 2013 cada edificio debe estar registrado y certificado. En este documento se establecen los indicadores del consumo de energía.
La media del coste del certificado energético para alquiler es de 1,50 € / M2, esto quiere decir que en una vivienda de 50 M2 – 100 M2 el precio ronda entre los 60 € hasta 130 €.
La intención de este artículo es poner a su alcance los precios estimados del certificado energético dependiendo de la extensión de la superficie de la vivienda, le explicaremos por qué es obligatorio el documento para poder alquilar y cuáles son las viviendas que no requieren el certificado energético.
Tabla de contenidos
¿Por qué es obligatorio el certificado energético para alquilar una vivienda?
Contar con este documento es de carácter obligatorio porque ahí detalla el consumo de electricidad, gas natural y el aislamiento de la vivienda. Además, el técnico califica la eficiencia de la construcción para establecer si es apta para su alquiler o venta, por lo que deberá contar con este papel antes de darla en arrendamiento. La certificación de eficiencia energética tiene una vigencia de 10 años.
Cabe mencionar que al momento de firmar el convenio de alquiler, el arrendatario presenta una copia del certificado energético, ya que si no lo hace el inquilino puede denunciarlo y el arrendatario deberá pagar una sanción. El monto exacto de las multas podrá consultarlo en la Legislación 8/2013 de Rehabilitación, Regeneración y Renovación Urbanas, pero rondan entre 300 € hasta 6000 €. De acuerdo a esta ley, las infracciones se clasifican en:
- Infracciones Leves: Con un monto entre los 300 a 600 euros.
- Infracciones Graves: Tienen un coste alrededor de 601 euros a 1000 euros.
- Infracciones Muy Graves: La multa es de 1001 euros a 6000 euros
¿Cuál es el precio del certificado de eficiencia energética para alquiler?
Una de las dudas que surgen al momento de llevar a cabo el proceso de solicitud del certificado de eficiencia energética, es su precio. Ciertamente el coste no está estipulado en el Real Decreto, es decir, no hay una tarifa fija, ya que el precio se deriva de la oferta y demanda entre el propietario y el técnico.
En este apartado, le presentamos una tabla con los respectivos precios tomando como referencia la provincia y el tamaño de la propiedad:
Comunidad / Provincia | Extensión de la superficie (M2) / Tipo de inmueble | Precio Euros (€) |
Baleares | Inferior a 100 M2Superior a 100 M2 | 4,64 euros9,27 euros |
Castilla – La Mancha | 100 M2 en adelante | 16,32 euros |
Castilla y León | Pisos, Vivienda unifamiliar, locales y oficinas de un bloque.Edificios completos. | 29,10 euros86,93 euros |
Valencia | Pisos y viviendas unifamiliares.Viviendas por bloque.Edificios del sector terciario. | 10 euros20 euros + 3 euros (bloque). El monto máximo es de 400 euros.10 € + 0.10 € /M2. El monto máximo es de 1500 euros. |
Galicia | Vivienda unifamiliar y pisos.Edificios de viviendas.Inmuebles destinados para otros usos. | 5 € + 0.08 € /M25 € + 0.04 € /M25 € + 0.05 € /M2 |
La Rioja | 100 M2 en adelante. | 16, 20 euros |
Murcia | 100 M2 en adelante. | 23,23 euros |
Cataluña | Pisos o viviendas unifamiliaresLocales y oficinasViviendas dentro de un edificio | 11,55 euros10 € + 0,10 € / M25,20 € + 4,90 € / M2 |
Las provincias que pueden registrar y certificar el inmobiliario de manera gratuita son las siguientes:
- Aragón
- Andalucía.
- Asturias.
- Canarias.
- Cantabria.
- Ceuta.
- Madrid.
- Navarro.
- País Vasco.
¿Qué inmobiliarias no requieren un certificado energético?
Como ya se mencionó anteriormente sobre la obligatoriedad del certificado energético para alquilar o vender y el por qué se debe contar con el documento, ahora le comentaremos cuáles son aquellas inmobiliarias que no requieren de este informe.
De acuerdo al Art. 2° del Real Decreto 235/2013, el certificado de eficiencia energética no es obligatorio para los siguientes bienes inmuebles:
- Las edificaciones que se encuentren protegidas por su valor arquitectónico e histórico.
Estos al ser estructuras antiguas es imposible instalar fuentes de energía térmica o implementar medidas de mejora, ya que alteraría el aspecto de los edificios y además perderían su valor.
- Los edificios de usos industriales, defensa (militar) y agrícolas.
Como son espacios que requieren de un mayor consumo de energía eléctrica para llevar a cabo los procesos de producción, no es conveniente tener una certificación.
- Las edificaciones que se encuentren aisladas de un radio de 50 M2.
Algunos ejemplos son: las casas de campo, un chalet que sea parte de una zona urbana, un piso que se encuentre dentro de un edificio con varios locales y/o viviendas.
- Las viviendas de uso vacacional.
Este tipo de vivienda no requiere de un certificado energético, pues al ocupar el espacio en un periodo de 4 meses, no consume mucha energía eléctrica. En este caso particular, usted deberá hacer una declaración donde se constate que los indicadores del uso de energía son menores a 25%.
Cómo pudo observar, es muy importante contar con el documento por su carácter obligatorio, ya que así le puede comprobar al inquilino que la propiedad donde va a residir se encuentra en óptimas condiciones y le permitirá ahorrar monetariamente.
No olvide darle al inquilino una copia de la certificación de eficiencia energética junto con el convenio previamente celebrado.